Cuál es la diferencia entre un trabajador autónomo y un profesional autónomo?

Cuál es la diferencia entre un trabajador autónomo y un profesional autónomo?

¿Alguna vez se ha preguntado cuál es su situación profesional? ¿Es usted un profesional independiente? ¿Un trabajador autónomo? ¿Un trabajador autónomo o un profesional autónomo? ¿Hay alguna diferencia? Y, lo que es más importante, ¿llamarle a usted mismo hace alguna diferencia para sus clientes?

Bueno, eso son muchas preguntas. Pero, no se preocupe, tenemos todas las respuestas. Empecemos con la pregunta del cliente. Como autónomos, pasamos mucho tiempo averiguando quiénes son nuestros clientes ideales. De hecho, creamos perfiles para ellos. Los rechazamos si no cumplen nuestros requisitos. Usted podría pensar que ellos, los clientes, nos juzgarán de la misma manera.

TRABAJADOR AUTÓNOMO

Ser autónomo significa que eres tu propio jefe. Legalmente hablando, cuando usted trabaja por cuenta propia, sus clientes tienen voz en los resultados finales de sus servicios/productos, pero no en la forma en que se llevan a cabo esos trabajos.

Otra forma de definirlo sería ganar dinero directamente de la propia empresa, administrándola y gestionándola, y no a través de un determinado sueldo o salario de un empleador.

Los trabajadores autónomos tienden a cotizar por módulos para declarar el impuesto sobre la renta de las personas físicas. Además de los colaboradores para actividades empresariales, también se incluirían en este grupo los gremios de deportistas y actores.

PROFESIONAL AUTÓNOMO

Un profesional autónomo, por otra parte, es una persona que actúa de forma independiente y sin estar afiliado o autorizado por una organización. Esta persona tiene una profesión sin un compromiso a largo plazo con cualquier empleador. El profesional autónomo puede trabajar para varias empresas, por lo general. Son autónomos dedicados a todos aquellos considerados profesionales liberales e incluidos en la lista de actividades profesionales del Impuesto sobre Actividades Económicas (agrupación y epígrafe 86).

Las profesiones liberales son las que ejercen este tipo de autoempleo, ya sea como miembro o no. Si usted pertenece a una asociación profesional, no contribuye a través del régimen de autónomos, sino a través de la mutualidad de la propia asociación. Si su profesión no está registrada o no lo está, contribuye de la forma habitual (IRPF por estimación directa simplificada), aunque cada caso es especial, ya que existen servicios exentos de IVA, como es el caso de algunos servicios culturales, sociales o deportivos, por ejemplo. En cualquier caso, el profesional autónomo contribuye al mismo sistema de Seguridad Social que el trabajador autónomo (sólo la forma de estimar los cambios en los ingresos).

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